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Supervisor(a) de Seguridad, Código del Trabajo, para Dependencias del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, de la Región Metropolitana

Servicio Nacional del Patrimonio Cultural

Renta

1.604.898

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Santiago · foto de Wikimedia Commons

Postulación en el portal oficial del Estado

Este enlace lleva a la publicación oficial en Empleos Públicos. Radar Empleo Público no gestiona postulaciones. Última comprobación: 20-07-2026.

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Descripción del cargo

Servicio Nacional del Patrimonio Cultural busca una persona para el cargo de Supervisor(a) de Seguridad, Código del Trabajo, para Dependencias del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, de la Región Metropolitana en Santiago. La institución depende del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Tipo de vacante: Código del Trabajo. Calidad del cargo: Administrativos. Renta bruta referencial: $1.604.898. La postulación se realiza exclusivamente en el portal oficial enlazado en esta ficha.

Requisitos

  • Cumplir con los Requisitos para desempeñarse como Supervisor/a de Seguridad (Según lo que indica la ley N° 21.659, de Seguridad Privada).
  • a) Licencia de Enseñanza Media Completa de establecimiento reconocido por el Ministerio de Educación.
  • b) Acreditar capacitación para desempeñarse como Supervisor de Seguridad.
  • c) Acreditar Curso de Vigilante Privado, credencial vigente de OS 10 (A lo menos hasta junio del 2027), O, certificado de la subsecretaría de Prevención del Delito, según corresponda.
  • Cumplir con los Requisitos establecidos en el Artículo 46, del Título 3 de Empresas y personas naturales, de la ley N°21.659, sobre Seguridad Privada, con fecha 28 de noviembre 2025:
  • Ser mayor de edad.
  • Tener condiciones físicas y psíquicas compatibles con las labores por desempeñar. El reglamento determinará el modo y periodicidad en que deberán acreditarse estas aptitudes, según el tipo de actividad que realicen, considerando criterios de inclusión y no discriminación.
  • Haber cursado la educación media o su equivalente.
  • No haber sido condenado por crimen o simple delito.
  • No haber sido condenado por actos de violencia intrafamiliar de competencia de los jueces de familia, de acuerdo con la ley N° 20.066.
  • No haber sido acusado por alguna de las conductas punibles establecidas en la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas; en la Ley N° 20.000, que sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas; en la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad; en la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos; en la Ley N° 12.927, sobre Seguridad del Estado; en la Ley N° 20.066, de Violencia Intrafamiliar, en los artículos 141, 142, 150 A, 150 B, 361, 362, 363, 365 bis, 366, 366 bis, 372 bis, 390, 390 bis, 390 ter, 391 y 411 quáter del Código Penal, u otras asociadas al crimen organizado que se encuentren tipificadas en el Párrafo 10 del Título VI del Libro II del mismo Código o en otras leyes.
  • No haber dejado de pertenecer a las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden y Seguridad Pública o a Gendarmería de Chile por sanciones o medidas disciplinarias, salvo en caso que los hechos que dieren origen a esta medida sean posteriormente desestimados mediante sentencia judicial.
  • No haber sido sancionado en los últimos cinco años por alguna de las infracciones gravísimas o graves establecidas en esta ley.
  • No haber sido sancionado conforme a la ley N° 19.327, de derechos y deberes en los espectáculos de fútbol profesional, y su reglamento.
  • No haber ejercido funciones de supervisión, control o fiscalización de las entidades, servicios o actividades de seguridad privada ni de su personal, como integrante de Carabineros de Chile, de las autoridades marítima o aeronáutica, ni del Ministerio encargado de la Seguridad Pública, en los dos años anteriores a la solicitud de autorización.
  • Aprobar los exámenes de los cursos de capacitación que correspondan, de conformidad a lo señalado en esta ley.
  • Comprender y comunicarse en idioma castellano.
  • Haber cumplido con lo dispuesto en el decreto ley N° 2.306, que dicta normas sobre reclutamiento y movilización de las Fuerzas Armadas, cuando fuera procedente.
  • En caso de ser extranjero, contar con residencia definitiva, de conformidad a lo dispuesto en la ley N° 21.325, de Migración y Extranjería y su reglamento.
  • Otros requisitos contenidos en el Articulo 46 del Título 3 de Empresas y personas naturales, de la ley Nro 21.659, sobre Seguridad Privada, con fecha 28 de noviembre 2025.

Cómo postular a este concurso

  1. Abre la ficha o las bases oficiales con el botón de arriba.
  2. Revisa las bases: requisitos, documentos exigidos y etapas del proceso.
  3. Inicia sesión únicamente en el portal oficial si el proceso lo solicita. Radar Empleo Público nunca te pedirá credenciales externas.
  4. Adjunta tu CV y los certificados que pidan las bases antes de la fecha de cierre.
  5. Guarda el comprobante de postulación que emite el portal.

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